• El TEPJF revocó la decisión del INE que anulaba 15 triunfos por no alcanzar promedio mínimo
• Magistrados señalaron que el INE no tiene facultades para valorar requisitos académicos
• La constancia de mayoría deberá entregarse de inmediato a los candidatos afectados
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) entregar las constancias de mayoría a 15 aspirantes que ganaron cargos judiciales, pero fueron considerados inelegibles por no alcanzar un promedio mínimo de 9 en materias relacionadas con su especialidad.
Con tres votos a favor y dos en contra, la Sala Superior resolvió que el INE no tenía competencia para aplicar una metodología propia para evaluar los requisitos académicos, ya que esa atribución corresponde a los Comités de Evaluación. La mayoría de los magistrados consideró que el INE actuó fuera de sus funciones y modificó las reglas después de realizada la jornada electoral.
El proyecto, presentado por el magistrado Felipe Fuentes Barrera, recibió el respaldo de la presidenta del TEPJF, Mónica Soto, y del magistrado Felipe de la Mata. Todos coincidieron en que el instituto electoral vulneró la certeza jurídica al imponer filtros que no estaban previstos en la convocatoria original.
Por el contrario, los magistrados Janine Otálora y Reyes Rodríguez votaron en contra. Rodríguez planteó convocar a elecciones extraordinarias, mientras que Otálora propuso que el INE realizara una nueva revisión basada en los criterios originales de los comités evaluadores.
Los 15 candidatos que recuperan su triunfo incluyen jueces y magistrados de Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León y otras entidades. Algunos de ellos son Tania Virginia Neri Borjas, María de Fátima Ramírez Esparza, Arlette Bisteni Pérez y Luis Carlos Maldonado Lazos.
Aunque en total el INE declaró inelegibles a 45 candidatos, la resolución del TEPJF aplicará de momento sólo a 15 casos revisados. El resto de las candidaturas se analizarán en próximas sesiones.
El fallo marca un precedente sobre los límites de actuación del INE en el nuevo modelo de elecciones judiciales y reafirma que la evaluación académica recae exclusivamente en los órganos especializados designados por el Poder Legislativo.