El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE) celebra la decisión del Senado de la República de aprobar, por unanimidad, modificaciones legales para salvaguardar la autonomía sindical y sancionar cualquier injerencia de servidores públicos en la vida interna de las organizaciones gremiales.
Esta reforma, impulsada por el maestro Alfonso Cepeda Salas, secretario general del SNTE y senador, representa un paso histórico para consolidar la libertad, la democracia y la transparencia de los sindicatos de trabajadores al servicio del Estado.
Cepeda Salas explicó que, con lo aprobado este miércoles, se garantiza el pleno respeto a la voluntad de las y los trabajadores, al tiempo que se establecen sanciones claras para evitar toda forma de intromisión en los procesos de elección, reelección o destitución de dirigencias sindicales. El nuevo marco legal protege así la independencia de los sindicatos frente a cualquier interés ajeno a sus integrantes. Blinda y garantiza la autonomía sindical.
“Es la garantía de que nunca más el poder político interferirá en sus decisiones, ni sustituirá la voluntad de las trabajadoras y trabajadores (…) Con esta reforma le cerramos otra puerta más a la corrupción; no más ventajas indebidas, no más abusos del cargo, no más dirigencias a modo, no más subordinaciones indignas. En el Segundo Piso de la Cuarta Transformación tenemos claro que los derechos laborales son derechos humanos”.
El decreto aprobado, que pasó a la Cámara de Diputados para su análisis y aprobación, adiciona los párrafos quinto y sexto al Artículo 357 de la Ley Federal del Trabajo, el Artículo 69 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, y el Artículo 64 Quáter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Con estas modificaciones, se considera falta administrativa grave cualquier acción de servidores públicos que obstaculice o interfiera en los procesos democráticos internos de los sindicatos.
Además, el decreto amplía la protección jurídica a las organizaciones sindicales tanto del apartado A como del apartado B del Artículo 123 constitucional, al establecer que los actos de injerencia —ya sean directos o por interpósita persona— serán sancionados con suspensión temporal del cargo, destitución o inhabilitación de uno a 20 años, así como de sanciones económicas, según corresponda.
“La sanción constituye una medida preventiva para que las personas servidoras públicas no cedan a la tentación de interferir en la vida interna de los sindicatos, y, desde luego, es también una medida correctiva ejemplar para quienes insistan en violar su autonomía”, advirtió el senador Cepeda Salas.
Agregó que el decreto fortalece el Estado de derecho, consolida la democracia sindical y asegura que la asociación, libre elección y representación de las y los trabajadores se respeten plenamente.

















