- El MTU será obligatorio para la banca digital; si no lo configuras, tu banco fijará 1,500 UDIS por defecto.
- Únicamente las cuentas bancarias Nivel 1 (N1) quedan exentas de activarlo (y sus servicios/tarjetas asociadas).
- Aplica solo a operaciones electrónicas (SPEI, pagos a terceros); no afecta retiros en cajero, compras con tarjeta ni transferencias entre tus propias cuentas.
¿Qué es el MTU?
El Monto Transaccional del Usuario (MTU) es un límite de seguridad que cada cliente define para operaciones digitales como transferencias SPEI, pagos de servicios o tarjetas de terceros. Si el usuario no lo establece, el banco fijará automáticamente un tope de 1,500 UDIS (aprox. $12,800 mensuales).
Cuentas que no deben configurarlo
De acuerdo con la normativa de la CNBV, el MTU no aplica a las cuentas de Nivel 1 (N1) ni a sus tarjetas o servicios asociados. Estas cuentas, diseñadas para operaciones básicas, permiten un máximo de 750 UDIS en depósitos mensuales (unos $6,083) y un saldo límite de 1,000 UDIS.
Operaciones que sí y no regula
El MTU se aplicará únicamente a movimientos electrónicos: transferencias SPEI, pagos de servicios o de tarjetas de crédito de terceros.
No afectará retiros en cajero, compras con tarjeta en comercios ni transferencias entre cuentas propias.
Fechas clave de aplicación
- 30 de septiembre de 2025: fecha límite recomendada para configurarlo de manera voluntaria.
- 1 de octubre de 2025: los bancos fijarán el límite por defecto si no se ha definido.
- 1 de enero de 2026: la medida será obligatoria para todas las cuentas digitales, excepto las de Nivel 1.
Objetivo de la medida
La CNBV estableció el MTU para prevenir fraudes bancarios. Si una transacción supera el límite definido, el banco pedirá un segundo factor de autenticación, lo que dificulta que delincuentes puedan disponer del dinero en caso de robo de datos o dispositivos.
















