• Pensiones del sector público no podrán rebasar el 50% del salario presidencial
• Reforma al artículo 127 busca eliminar privilegios y reforzar la austeridad
• Ahorros estimados se destinarán a Programas para el Bienestar
Nueva etapa en el control del gasto público
Desde este 11 de abril comenzó a aplicarse la reforma constitucional al artículo 127, luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. La medida establece límites claros a las remuneraciones y pensiones en el sector público, con el propósito de frenar percepciones excesivas y ordenar el uso de recursos públicos.
El decreto fue avalado por el Congreso de la Unión y los congresos estatales, consolidando un cambio en la forma en que se asignan ingresos tanto en funciones activas como en el retiro.
Topes obligatorios a salarios y jubilaciones
La reforma determina que ninguna persona servidora pública podrá percibir ingresos superiores a los de la persona titular del Ejecutivo Federal. Asimismo, se prohíbe que un trabajador gane igual o más que su superior jerárquico, salvo casos específicos.
Cuando existan condiciones excepcionales —como el desempeño de varios cargos o funciones técnicas especializadas—, el ingreso total no deberá superar la mitad del salario presidencial.
En materia de retiro, las jubilaciones y pensiones del personal de confianza en organismos públicos, empresas estatales y fideicomisos también estarán sujetas a este límite del 50%.
Excepciones previstas en la reforma
El decreto establece casos en los que el tope no será aplicable. Entre ellos se encuentran las Fuerzas Armadas, las pensiones financiadas mediante aportaciones voluntarias en cuentas individuales, los esquemas complementarios sostenidos por aportaciones sindicales y la pensión no contributiva contemplada en la Constitución.
Estas excepciones responden a la naturaleza de los recursos o a derechos previamente adquiridos bajo otros esquemas.
Implementación y ajustes institucionales
Las instituciones públicas deberán revisar y modificar sus contratos, condiciones laborales y sistemas de retiro para cumplir con la nueva normativa. Este proceso deberá realizarse en un plazo máximo de 90 días por parte del Congreso federal y los legislativos estatales.
Las pensiones vigentes deberán ajustarse al nuevo límite, salvo en los casos excluidos. Sin embargo, los haberes de retiro otorgados previamente se mantendrán conforme a los términos en que fueron reconocidos.
Sin aumento de gasto y con destino social
El decreto establece que no habrá ampliaciones presupuestales para implementar la reforma. Los ajustes deberán realizarse con los recursos ya asignados, sin incrementos en gasto operativo ni en servicios personales.
Se prevé que la eliminación de pensiones elevadas genere ahorros cercanos a 5 mil millones de pesos, los cuales serán destinados a Programas para el Bienestar.
Alcance en todo el país
La medida impacta a organismos de los tres niveles de gobierno, incluyendo entidades descentralizadas, empresas públicas y fideicomisos. Además, las aportaciones futuras del Estado a sistemas de retiro deberán respetar los nuevos límites, consolidando un esquema más estricto de control del gasto público.

















