- El Tribunal Electoral de Michoacán resolvió por unanimidad que Gerardo Fernández Noroña incurrió en violencia política contra las mujeres en razón de género.
- El senador deberá ofrecer una disculpa pública, tomar un curso especializado y será inscrito durante seis meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas.
- La resolución aún puede ser impugnada ante la Sala Regional Toluca y posteriormente ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Tribunal determina que las expresiones excedieron el debate político
El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) determinó por unanimidad que el senador de Morena, Gerardo Fernández Noroña, cometió violencia política contra las mujeres en razón de género en perjuicio de la presidenta municipal de Uruapan, Grecia Itzel Quiroz García.
La sentencia, elaborada por la magistrada Yurisha Andrade Morales y aprobada por el Pleno del Tribunal, concluyó que el legislador desacreditó de manera reiterada la gestión y trayectoria política de la alcaldesa mediante expresiones que cuestionaron su legitimidad para ocupar el cargo y aspirar a futuras posiciones de elección popular.
Los magistrados señalaron que los comentarios realizados por el senador afectaron la imagen pública de la funcionaria al vincular sus aspiraciones políticas con circunstancias personales y no con sus capacidades, lo que constituye una conducta que rebasa los límites de la crítica política permitida.
Ordenan disculpa pública, capacitación y registro como persona sancionada
Como parte de las medidas de reparación integral, el Tribunal ordenó a Fernández Noroña emitir una disculpa pública dirigida a Grecia Quiroz.
Además, deberá acreditar un curso de capacitación en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género impartido por una institución especializada y cubrir personalmente el costo de dicha formación.
La sentencia también establece su inscripción durante seis meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, así como en el registro estatal correspondiente.
Asimismo, el TEEM dio vista a la Mesa Directiva del Senado de la República, al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Instituto Electoral de Michoacán (IEM) para que actúen conforme a sus atribuciones y supervisen el cumplimiento de la resolución.
La denuncia surgió tras declaraciones del senador
El procedimiento inició a raíz de una denuncia presentada por Grecia Quiroz ante el Instituto Electoral de Michoacán, luego de una serie de declaraciones realizadas por Fernández Noroña tanto en transmisiones por internet como desde la tribuna del Senado.
Los hechos ocurrieron después del asesinato del entonces alcalde de Uruapan, Carlos Manzo, ocurrido el 1 de noviembre de 2025. Tras ese crimen, el Congreso del Estado designó a Quiroz como presidenta municipal sustituta.
Durante sus intervenciones públicas, el senador cuestionó el desempeño de la alcaldesa y la señaló de actuar por intereses políticos personales, además de emitir calificativos que, de acuerdo con el Tribunal, buscaron desacreditar su gestión y minimizar su trayectoria por el hecho de ser mujer.
La presidenta municipal también denunció que durante una visita al Senado, realizada en marzo de este año, fue objeto de actos de intimidación pública que atribuyó al legislador y a integrantes de su grupo parlamentario.
El caso fue reabierto por orden del Tribunal Electoral federal
En una primera resolución emitida en abril, el Tribunal Electoral de Michoacán desechó el asunto al considerar que Grecia Quiroz no había llegado al cargo mediante una elección popular, sino por designación del Congreso estatal.
Inconforme con ese criterio, la alcaldesa promovió una impugnación ante la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
El 12 de junio, los magistrados federales revocaron esa decisión y establecieron que las mujeres que ocupan cargos públicos por designación, sustitución o de manera interina cuentan con la misma protección frente a la violencia política de género que aquellas electas mediante el voto ciudadano.
Tras esa determinación, el expediente regresó al Tribunal Electoral de Michoacán, que finalmente resolvió el fondo del asunto y declaró acreditada la infracción.
Noroña retiró previamente los contenidos señalados
Antes de la sentencia definitiva, el Instituto Electoral de Michoacán había emitido medidas cautelares que ordenaban al senador retirar o modificar los videos con las expresiones denunciadas y abstenerse de realizar nuevos actos que pudieran constituir violencia política de género.
Fernández Noroña cumplió con la eliminación del contenido dentro del plazo establecido, aunque sostuvo públicamente que la medida representaba un acto de censura y rechazó haber incurrido en misoginia o cualquier forma de violencia política contra la alcaldesa.
No obstante, la resolución del Tribunal Electoral de Michoacán determinó que las expresiones denunciadas sí vulneraron los derechos político-electorales de Grecia Quiroz y ameritan la aplicación de las sanciones correspondientes.
















