• La Suprema Corte avaló sanciones penales para quienes incumplan la pensión alimentaria sin causa justificada.
• Activistas respaldan nuevas restricciones, aunque advierten falta de denuncias por parte de mujeres.
• Veracruz ya exige constancia de no deudor alimentario para tramitar licencias de conducir.
Corte respalda responsabilidad penal por incumplimiento
La Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que las personas obligadas a proporcionar alimentos a sus hijas e hijos puedan enfrentar consecuencias penales si incumplen sin un motivo justificado. El proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf confirmó la constitucionalidad del artículo del Código Penal de Tamaulipas que sanciona el abandono de obligaciones alimentarias.
El Pleno ratificó por unanimidad la condena contra un hombre que dejó de cubrir la pensión de sus hijas desde 2008. La Corte determinó que la expresión “sin motivo justificado” es clara y objetiva, por lo que no viola el principio de taxatividad.
Fundamentos jurídicos del fallo
La ministra Ortiz Ahlf explicó que la ley no necesita definir cada término empleado en los tipos penales, pues esto impediría la función legislativa. Señaló que “sin motivo justificado” se entiende como la ausencia de razones válidas para dejar de cumplir con la obligación alimentaria. El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz subrayó que esta obligación está prevista en la ley, por lo que no requiere sentencia previa.
Colectivos celebran avances, pero alertan sobre pendientes
Activistas de Marea Verde Altas Montañas y Feminista Cihuatlahtolli consideraron que las restricciones a deudores representan un paso importante para la justicia de mujeres, niñas y niños. Destacaron que permitirán ejercer presión real sobre quienes incumplen sus obligaciones.
Advirtieron, sin embargo, que muchas mujeres no demandan por falta de recursos para pagar asesoría legal, lo que dificulta inscribir a deudores en los padrones oficiales.
Preocupación por trámites saturados
Integrantes de los colectivos señalaron que exigir la constancia de no deudor alimentario para trámites como la licencia de conducir ha generado saturación en las plataformas. Indicaron que el trámite afecta incluso a personas sin hijas o hijos y propusieron que sea la dependencia responsable la que verifique directamente el padrón.
Veracruz endurece requisitos para licencias
En Veracruz entró en vigor la disposición que impide tramitar o renovar la licencia de conducir a deudores alimentarios. La Secretaría de Seguridad Pública informó que ahora es obligatorio presentar el certificado del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), disponible sin costo en línea. El gobierno estatal defendió la medida como una acción para proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes.
















