- El TEPJF ratificó la decisión del INE de remover a cinco integrantes del Instituto Electoral de Michoacán por invadir facultades del Congreso estatal.
- Los magistrados concluyeron que el nombramiento del encargado del Órgano Interno de Control fue una atribución exclusiva del Poder Legislativo local.
- El INE continuará con el proceso para designar a las nuevas consejerías antes del arranque del proceso electoral 2026-2027.
TEPJF avala la remoción del presidente y cuatro consejeros del Instituto Electoral de Michoacán
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de destituir al presidente y a cuatro consejeros del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), al determinar que incurrieron en una falta grave al ejercer atribuciones que corresponden exclusivamente al Congreso del estado.
Con esta resolución queda firme una de las sanciones más relevantes impuestas por el INE a un organismo público local electoral, en la antesala del proceso electoral 2026-2027.
Tribunal concluye que los consejeros excedieron sus atribuciones
Por unanimidad, los magistrados desecharon las impugnaciones promovidas por los exintegrantes del Consejo General del IEM y respaldaron el acuerdo aprobado por el INE.
Durante la sesión pública, el magistrado Felipe Fuentes afirmó que las autoridades deben actuar con estricto apego a la Constitución y a la ley, por lo que ninguna institución puede asumir funciones que no le han sido conferidas.
Explicó que la ausencia de un titular del Órgano Interno de Control no justificaba que el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán realizara un nombramiento reservado al Congreso local.
El nombramiento del contralor originó la sanción
La controversia surgió después de que, en 2025, el Consejo General del IEM designó de manera temporal a un encargado del Órgano Interno de Control, debido a que el Congreso de Michoacán no había nombrado a un nuevo titular.
El INE concluyó que esa decisión invadió competencias exclusivas del Poder Legislativo estatal, lo que constituyó una causa suficiente para remover al presidente y a cuatro consejeros del organismo electoral.
Para el Tribunal, cuando una autoridad ejerce facultades que no le corresponden altera el diseño institucional previsto en la Constitución, por lo que la sanción se encuentra plenamente justificada.
Exconsejeros sostienen que la sanción fue excesiva
Tras conocerse la resolución, el expresidente del IEM, Ignacio Hurtado Gómez, señaló que analizará el contenido íntegro de la sentencia antes de emitir una postura definitiva.
Indicó que la impugnación planteaba argumentos relacionados con la constitucionalidad y proporcionalidad de la sanción, además de precedentes nacionales e internacionales que, a su juicio, respaldaban la actuación del Consejo General.
No obstante, evitó atribuir un trasfondo político a la resolución y expresó que continuará confiando en que las decisiones judiciales se fundamenten en criterios estrictamente legales.
INE avanza en la integración del nuevo Consejo General
Con la resolución del TEPJF, el INE continuará el proceso para nombrar a la nueva presidencia y a las cuatro consejerías vacantes del Instituto Electoral de Michoacán.
Actualmente se realizan las entrevistas a las personas aspirantes y se prevé que las designaciones queden listas antes del inicio formal del proceso electoral 2026-2027, con el objetivo de garantizar el funcionamiento del organismo durante la organización de los próximos comicios.














