- La Corte-IDH declaró responsable al Estado mexicano por violación, tortura y muerte
- Determinó fallas graves en la atención médica y en la investigación del caso
- Ordenó reabrir el proceso penal y un acto público de reconocimiento
Responsabilidad internacional del Estado
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) emitió una sentencia en la que determinó la responsabilidad internacional del Estado mexicano por la violación sexual, tortura y muerte de Ernestina Ascencio Rosario, mujer indígena náhuatl de 73 años, ocurrida en 2007 en la sierra de Zongolica, Veracruz.
El tribunal concluyó que las agresiones sufridas por la víctima, sumadas a la falta de atención médica oportuna y adecuada, derivaron en su fallecimiento, y estableció que el Estado incumplió sus obligaciones de protección, atención en salud y acceso efectivo a la justicia.
La agresión sexual fue un acto de tortura
De acuerdo con la resolución, la violación sexual cometida contra Ernestina Ascencio constituyó un acto de tortura, al haber sido intencional, provocar severos daños físicos y psicológicos y tener como finalidad humillar, degradar e intimidar a la víctima.
La Corte subrayó que el caso ocurrió en un contexto de militarización y que la condición de mujer indígena, adulta mayor y monolingüe incrementó su situación de vulnerabilidad, lo que exigía una actuación reforzada por parte de las autoridades.
Investigación deficiente y sin enfoque de derechos
El tribunal determinó que las investigaciones realizadas por las autoridades civiles y militares no cumplieron con los estándares de debida diligencia. Señaló que fueron cerradas de manera prematura, sin agotar las líneas necesarias, y sin incorporar enfoques de género, etnia ni edad.
Además, concluyó que los familiares de la víctima enfrentaron obstáculos estructurales para acceder a la justicia, como la ausencia de intérpretes y un clima de descrédito alimentado por estereotipos reproducidos incluso por altos funcionarios públicos en su momento.
Medidas de reparación ordenadas
Como parte de la sentencia, la Corte-IDH ordenó al Estado mexicano realizar una investigación penal exhaustiva y seria para identificar, procesar y sancionar a los responsables materiales e intelectuales.
También instruyó la realización de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional, la atención médica, psicológica y psicosocial a los familiares, la capacitación de servidores públicos en derechos humanos, el fortalecimiento del Centro de Atención Especializada de Soledad Atzompa y la creación de un Registro Nacional de Intérpretes y Traductores en Lenguas Indígenas para los sistemas de salud y justicia.
México deberá informar a la Corte, en un plazo de un año, sobre el cumplimiento de las medidas ordenadas.
















