- La CRT sólo podrá intervenir cuando una audiencia lo solicite y exista un incumplimiento en el procedimiento de atención de una queja.
- Los medios conservarán la responsabilidad sobre sus contenidos, criterios editoriales y códigos de ética.
- Los concesionarios deberán contar con defensorías de las audiencias, mecanismos de defensa y reglas para distinguir información, opinión y publicidad.
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, con modificaciones a las disposiciones que habían generado cuestionamientos por su posible impacto en la libertad de expresión y la independencia editorial.
La versión definitiva establece que el regulador no revisará los contenidos de radio y televisión ni determinará qué información es verdadera o falsa. Su participación estará enfocada en verificar que los medios cumplan con los procedimientos para atender las inconformidades de sus audiencias.
Cambian las reglas sobre información y veracidad
Uno de los principales ajustes se realizó al artículo 12 de los lineamientos.
El proyecto sometido a consulta establecía que los concesionarios debían adoptar medidas para evitar la difusión de información “falsa” o “descontextualizada”, así como de información histórica presentada como si fuera actual.
La versión aprobada modificó esa redacción. Ahora señala que los medios deberán preservar la pluralidad y veracidad de la información, de acuerdo con sus propios criterios editoriales y códigos de ética.
La CRT sostiene que este cambio deja en los medios la responsabilidad de establecer los criterios para el tratamiento de la información y evita que el regulador determine qué contenidos pueden difundirse.
Norma Solano Rodríguez, comisionada presidenta de la CRT, rechazó que las nuevas reglas representen un mecanismo de censura y afirmó que las decisiones editoriales corresponden a cada medio.
El regulador tendrá una intervención más acotada
La CRT también modificó las disposiciones relacionadas con las quejas de las audiencias.
El proyecto original permitía que la Comisión interviniera en cualquier momento durante el procedimiento. La versión final elimina esa posibilidad general.
A partir de los nuevos lineamientos, la CRT podrá intervenir únicamente a solicitud de la audiencia y cuando el medio incumpla el procedimiento establecido.
Esto podría ocurrir si un concesionario no atiende una inconformidad, no entrega información solicitada por la defensoría de las audiencias o no responde a una recomendación.
La Comisión verificará que el procedimiento se cumpla, pero no evaluará ni modificará la respuesta que el medio entregue a la audiencia.
Estos serán los plazos para presentar quejas
Las audiencias tendrán un plazo de siete días para presentar una inconformidad ante la defensoría correspondiente.
Una vez iniciado el procedimiento, las defensorías deberán realizar las actuaciones necesarias y el proceso deberá resolverse dentro de un plazo máximo de 20 días naturales.
La intención, según la CRT, es establecer un mecanismo que permita a las audiencias recibir respuesta sin que la autoridad intervenga directamente en las decisiones editoriales.
Medios deberán contar con defensorías y códigos de ética
Los concesionarios de radio, televisión y servicios de audio y televisión de paga deberán cumplir nuevas obligaciones relacionadas con la protección de las audiencias.
Entre ellas está contar con una defensoría de las audiencias, mecanismos de defensa y un código de ética que establezca los derechos de los usuarios, los criterios editoriales y los principios de cada empresa.
También deberán implementar mecanismos para diferenciar entre información y opinión, así como entre contenidos periodísticos y publicidad.
En televisión podrán utilizarse elementos visuales como plecas, cortinillas o mensajes en pantalla para señalar cuándo un conductor está expresando una opinión. En radio podrán utilizarse recursos sonoros con el mismo propósito.
¿Qué conductas podrían generar sanciones?
Los lineamientos establecen sanciones por incumplimientos relacionados con las obligaciones de los concesionarios.
Entre las conductas consideradas infractoras están no proporcionar mecanismos de defensa a las audiencias, no contar con una defensoría o carecer de un código de ética.
De acuerdo con la CRT, las multas para los medios de radio y televisión podrán ubicarse entre 0.1% y 1% de los ingresos anuales del concesionario, dependiendo de la infracción y del procedimiento correspondiente.
El proyecto recibió críticas durante la consulta
Las nuevas reglas fueron objeto de cuestionamientos por parte de organizaciones del sector, que advirtieron sobre posibles riesgos para la libertad de expresión y la independencia editorial.
La Asociación de Internet MX señaló que algunos conceptos del proyecto original podían generar incertidumbre y abrir espacios para decisiones discrecionales. La Coparmex también pidió evitar que las disposiciones se conviertan en mecanismos de control sobre los contenidos informativos.
La CRT respondió que los ajustes realizados buscan precisamente delimitar sus facultades y evitar que pueda intervenir en las decisiones editoriales de los medios.
¿Cuándo entrarán en vigor?
La consulta pública se realizó del 27 de julio al 21 de agosto de 2026 y recibió ocho mil 89 participaciones.
Los lineamientos aprobados entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
















