- La Suprema Corte confirmó la validez constitucional de una facultad clave de supervisión financiera.
- La CNBV podrá revocar permisos a SOFIPOS que incumplan con los requisitos de capitalización establecidos por la ley.
- La medida busca proteger los ahorros de los usuarios y fortalecer la estabilidad del sistema financiero.
Corte respalda mecanismo de supervisión financiera
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que es constitucional la facultad de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) para revocar la autorización de operación de una Sociedad Financiera Popular (SOFIPO) cuando ésta incumpla con los requerimientos mínimos de capitalización previstos en la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
La decisión se tomó al aprobar el proyecto correspondiente al amparo en revisión 125/2026, elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, mediante el cual se validó el artículo 37, fracción V, de dicha legislación.
La atribución tiene respaldo en la Constitución
Durante la exposición del asunto, la ministra explicó que esta facultad otorgada a la CNBV encuentra sustento en los artículos 25 y 28 de la Constitución, los cuales establecen la responsabilidad del Estado de dirigir y regular actividades económicas de relevancia pública que requieren supervisión especializada.
“Corresponde al Estado conducir y regular determinadas actividades económicas cuya complejidad técnica y relevancia social exigen la intervención de órganos especializados”, señaló.
De acuerdo con Esquivel Mossa, la CNBV es el organismo técnico responsable de vigilar el funcionamiento de las instituciones que integran el sistema financiero mexicano, por lo que resulta legítimo que cuente con herramientas para actuar cuando una entidad incumpla obligaciones fundamentales para su estabilidad.
Capital suficiente para enfrentar riesgos
La ministra destacó que la supervisión de los niveles de capitalización es indispensable para verificar que las entidades financieras mantengan recursos propios capaces de absorber pérdidas derivadas de los riesgos inherentes a su operación.
Explicó que esta vigilancia resulta especialmente relevante frente a riesgos asociados con créditos otorgados y fluctuaciones del mercado, factores que pueden comprometer la solvencia de una institución financiera si no cuenta con el respaldo económico suficiente.
Protección para ahorradores y usuarios de crédito
La resolución también tiene como objetivo salvaguardar los intereses de las personas que utilizan los servicios de las sociedades financieras populares, ya sea para ahorrar o acceder a financiamiento.
“Al reconocer la constitucionalidad de esa facultad, no solo se respeta el orden constitucional, sino que también se protege a los gobernados que ahorran y solicitan crédito a una sociedad financiera popular”, afirmó la ministra.
Con este criterio, la Suprema Corte ratificó una herramienta regulatoria que permite a la CNBV fortalecer la supervisión de las SOFIPOS y contribuir a la estabilidad del sistema financiero, especialmente en instituciones enfocadas en atender a sectores de la población que cuentan con acceso limitado a la banca tradicional.

















