- Congreso capitalino aprobó reformas a la Ley de Movilidad para crear la categoría VEMEPE
- Usuarios de scooters, bicimotos y motocicletas eléctricas deberán portar licencia y placas
- Clara Brugada destacó que la medida busca mayor seguridad para peatones y conductores
Nuevas reglas para la micromovilidad
El Congreso de la Ciudad de México aprobó reformas a la Ley de Movilidad que obligan a los usuarios de scooters, bicimotos y motocicletas eléctricas a portar licencia de conducir y placas. Con 58 votos a favor, los legisladores avalaron la creación de la categoría Vehículo Motorizado Eléctrico Personal (VEMEPE), que incluye unidades con acelerador independiente, dos o más ruedas y motor eléctrico con velocidad mayor a 25 km/h.
Los VEMEPE se clasifican en dos tipos: A, con peso menor a 35 kilogramos, y B, de 35 hasta 350 kilogramos. Estas unidades deberán regularizarse para circular de forma legal.
Alcances de la reforma
Las modificaciones a los artículos 9, 12 y 64 de la Ley de Movilidad establecen que los conductores de scooters y motos eléctricas tendrán que portar la licencia correspondiente y la documentación requerida, incluyendo el emplacamiento. Además, se recomendó a la Secretaría de Movilidad ampliar espacios para peatones, ciclistas y usuarios de movilidad personal.
El dictamen también contempla sanciones en caso de incumplimiento. Estudios preliminares calculan que los ingresos derivados de trámites y multas podrían ir de 21 a 385 millones de pesos.
Reacciones y respaldo oficial
La jefa de Gobierno, Clara Brugada, celebró la aprobación y aseguró que la medida busca proteger a peatones y usuarios, al evitar que vehículos de mayor peso y velocidad circulen en ciclovías o banquetas. El secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, subrayó que la regulación responde a un tema de seguridad vial.
Algunos legisladores pidieron que la licencia no tenga un fin meramente recaudatorio, sino que garantice la capacitación cívica de los conductores.

















