- Hacienda y la UIF actualizaron los formatos para el registro y reporte de actividades vulnerables.
- Los nuevos documentos incluyen más información sobre beneficiarios controladores, fideicomisos y operaciones de comercio exterior.
- La aplicación de las nuevas disposiciones será gradual y comenzará en febrero de 2027.
UIF modifica formatos para actividades vulnerables
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), actualizó los formatos oficiales que deben utilizar las personas y empresas que realizan actividades vulnerables para su alta, registro y presentación de Avisos e Informes.
Las nuevas disposiciones fueron publicadas este lunes 28 de septiembre de 2026 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y forman parte de la implementación de la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), publicada en julio de 2025.
Los cambios también consideran las modificaciones realizadas posteriormente al Reglamento de la ley y a las Reglas de carácter general.
Más datos sobre beneficiarios controladores
Entre los principales cambios se encuentra la incorporación de nuevos campos para identificar con mayor precisión al beneficiario controlador, así como las operaciones realizadas mediante fideicomisos y otras figuras jurídicas.
Los formatos también incluyen información necesaria para presentar los Avisos dentro de las 24 horas en los casos establecidos por la legislación.
De acuerdo con Hacienda, estos ajustes permitirán contar con información más completa y oportuna para fortalecer la identificación y detección de posibles operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Ajustes para operaciones de comercio exterior
La actualización también contempla nuevos formatos para distintos participantes del comercio exterior.
Entre ellos se encuentran las agencias aduanales, las personas facilitadoras públicas y privadas, así como las personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia aduanal.
Con estos cambios se incorporan al sistema de prevención los nuevos sujetos obligados y figuras jurídicas contemplados en el marco legal vigente.
Nuevas reglas entrarán en vigor por etapas
La implementación de las modificaciones será gradual.
A partir del 1 de febrero de 2027 podrán realizar su alta quienes actúen mediante fideicomisos u otras figuras jurídicas, las agencias aduanales y quienes promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia aduanal.
Posteriormente, desde el 1 de junio de 2027, podrán realizar su alta las personas facilitadoras públicas y privadas.
La UIF publicará el 1 de octubre de 2026 los instructivos y catálogos actualizados en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).
Además, a partir del 1 de junio de 2027 será obligatorio utilizar los nuevos formatos oficiales para presentar Avisos e Informes, incluidos los denominados Avisos de 24 horas.
Hacienda señaló que las modificaciones buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones de quienes realizan actividades vulnerables y mejorar la calidad, integridad y trazabilidad de la información utilizada para prevenir y detectar operaciones con recursos de procedencia ilícita.
















